Sentencia histórica en favor de la movilidad sostenible: Un paso hacia una ciudad más amigable y segura.

En un fallo sin precedentes, el Tribunal ha emitido una sentencia que dispone mejorar las condiciones de la movilidad en favor de la movilidad sostenible del Distrito Metropolitanode Quito, se establece un precedente importante en la defensa de la movilidad sostenible, segura y el derecho a la ciudad para todos sus habitantes, un referente para todas las ciudades del Ecuador.

La demanda destaca la difícil situación que enfrentan los ciclistas y peatones en el Distrito Metropolitanode Quito (DMQ). En particular, se menciona el caso de Jaime Oswaldo Veintimilla Huerta, un trabajador de la Universidad Andina Simón Bolívar, quien sufrió un trágico siniestro vial mientras se dirigía en bicicleta a su lugar de trabajo. Acción precidida y resultado de la valiente acción legal por amigos, amigas , familiares, representantes legales, Wilmer Oswaldo Veintimilla Yupa, David Cordero Heredia y Ramiro Ávila Santamaría y colectivos ciudadanos como la Coalición Movilidad Segura Ecuador, Hermandad Ciclista Uio, así como Sofía Gordón, Daniela Chacón y Felipe Ogaz. Esta historia se convirtió en un símbolo de los desafíos que enfrentan los ciclistas en nuestras calles.

Derechos vulnerados y acto u omisión de las entidades públicas

La sentencia declara la violación de varios derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la ciudad, el derecho a transitar por vías públicas de forma segura y tener preferencia, y el derecho a vías separadas de medios de transporte motorizados. Además, la sentencia identifica las omisiones de las entidades públicas, como el Municipio de Quito, la Secretaría de Movilidad, la Agencia Metropolitana de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la Agencia Nacional de Tránsito y el presidente de la República, en la implementación de políticas que protejan a los ciclistas y peatones.

Reparación Integral

La sentencia no solo se limita a declarar las violaciones de derechos, sino que también establece medidas concretas para reparar y mejorar la situación de la movilidad sostenible en el DMQ. Algunas de las medidas incluyen:


  1. Declarar la violación a los derechos a la ciudad, a transitar por vías públicas y tener preferencia, a vía separada de medios de transporte motorizados.
  2. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito deberá prever, a través de la dependencia que corresponda, contar con el presupuesto necesario a fin de brindar mantenimiento permanente a la carpeta asfáltica, señalización de las ciclovías, así como de los elementos separadores de estas con las vías con las destinadas para los vehículos motorizados. Será cumplido en el plazo de 180 días, a partir de la fecha de notificación de la sentencia.
  3. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito deberá: a) realizar un estudio exhaustivo para la implementación de corredores urbanos permanentes para las zonas donde sea posible implementar el trasporte no motorizado; y, para que, en los lugares donde no sea factible el uso de la bicicleta, promover la implementación del sistema multimodal. Esta disposición deberá cumplirse en el plazo de 180 días, a partir de la fecha de notificación de la sentencia.
  4. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, en el plazo de 180 días, a partir de la fecha de notificación de la sentencia, deberá:
    • Incrementar la realización de campañas para la convivencia armónica en las vías públicas, entre conductores de vehículos motorizados, ciclistas y peatones;
    • Implementar letreros visibles referentes a la jerarquía en la movilidad. Serán ubicados, preferentemente, en los lugares donde inician y finalizan las ciclovías;
    • Promocionar la caminata y el uso de la bicicleta como medio de transporte, para mejorar la calidad de vida, reducción de la contaminación y el descongestionamiento vehicular. La promoción se realizará a través de redes sociales.
    • Diseñar proyectos de capacitación a los conductores de vehículos motorizados, sobre el respeto de los derechos de peatones y ciclistas, a mantener un metro y medio de distancia y a disminuir la velocidad ante su proximidad, con especial énfasis en situaciones donde no existan vías exclusivas para ciclistas.
  5. La Agencia Metropolitana de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, capacite a su personal a fin de garantizar el control efectivo del uso adecuado de ciclovías, de la velocidad de vehículos y de infracciones de tránsito que hacen que la movilidad sea insegura. Será cumplido en el plazo de 180 días, a partir de la fecha de notificación de la sentencia.
  6. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, ejecute el Plan Integral de Movilidad en Bicicleta y Caminata, de acuerdo con el articulo 11 (7) de la Ordenanza 194. Esta disposición será cumplida en el plazo de 180 días, a partir de la fecha de notificación de la sentencia.
  7. El Municipio del Distrito Metropolitano de Quito deberá: mantener la Mesa Interinstitucional para la Promoción de Transporte Sostenible, de acuerdo con el artículo 16 de la Ordenanza 194, con reuniones periódicas. Se le concede el plazo de 180 días, a partir de la fecha de notificación de la sentencia.


Esta sentencia marca un hito en la lucha por una movilidad más segura y sostenible en la ciudad de Quito. Con estas medidas, se da un paso importante hacia la creación de ciudades más amigables y seguras para todos sus habitantes. El Colectivo Ciudadano Masa Crítica Guayaquil destaca estas acciones para que sean usadas de referentes en cada una de nuestras ciudades, exigamos que se cumpla la ley y se promuevan políticas públicas en favor de las biciusuarias/os y peatonas/es.

#LaBiciSeRespeta



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